¿Qué puedo construir?

Viviendas de 55 m2 cubiertos. Con carácter de única, familiar y de ocupación permanente.La Secretaría de Obras Públicas, Viviendas y Servicios Públicos de la Municipalidad de Villa Gobernador Maciá tendrá a su cargo el diseño y cómputo de los materiales necesarios para cada vivienda que se lleve adelante. Las mismas podrán estar preparadas para una futura ampliación cuyas características serán definidas por la Secretaría.

¿Cuánto tengo que pagar?

El valor de la vivienda será dividido en 84 cuotas.  El valor de la cuota se actualizará según el índice del Costo de la Construcción que se publica en la página web del INDEC.

¿Cómo funciona el sistema de licitaciones?

La adjudicación de viviendas se realiza a través de un sistema de licitaciones. El Municipio llamará a licitación cada dos meses. El suscriptor que mayor cantidad de cuotas ofrezca abonar por adelantado, ganará la licitación y accederá al comienzo de la construcción de su vivienda. El ganador de la licitación tendrá 5 días para abonar lo que ofertó adelantar y 90 días para entregar el terreno en condiciones, con agua y energía, si no cumple pierde el derecho y se le devuelve lo pagado menos el 10%. El municipio tiene 30 días para iniciar la obra. Las cuotas adelantadas en la Licitación serán descontadas de las cuotas finales. En caso de empate de ofertas se invita a volver a ofertar a los que empataron, en caso que persista el empate se realiza un sorteo.Los suscriptores podrán participar de la licitación una vez que hayan abonado las tres primeras cuotas.

Si no hay ninguna oferta cuando se llame a Licitación se repite en 15 días el llamado. 

Para ingresar más tarde al círculo habrá que pagar todas las cuotas que llevan abonadas el resto.

¿Me puedo retirar del Círculo?

Sí. Se pueden retirar del círculo con causa fundada y se devuelve lo pagado menos el 10%.

¿Qué documentación tengo que presentar?

a) Declaración jurada de que no es titular dominial de otro inmueble.

b) Declaración jurada de destinar a la vivienda con carácter de única, familiar y de ocupación permanente.

c) Declaración jurada del ingreso mensual del grupo familiar, a los efectos de evaluar su capacidad de pago.

d) Certificación que acredite un domicilio no menor de dos (2) años en el Municipio de Gobernador Maciá.

e) Ofrecer hipoteca del terreno donde se construirá la vivienda a favor del Municipio de Gobernador Maciá antes de firmar el contrato de inicio de obra.

f) Acreditar titularidad dominial del terreno donde se construirá la vivienda.

g) Libre de deuda del terreno tanto Municipal como Provincial.

h) Abonar los derechos administrativos e impuestos que se originen en el Municipio de Gobernador Maciá por la construcción a iniciarse.

i) En el término comprendido desde la ocupación de la vivienda y hasta que todas las cuotas sean canceladas, el beneficiario autorizará sin necesidad de intimación previa, cualquier inspección que el Municipio disponga a los efectos de verificar el cumplimiento de la presente ordenanza.