El Municipio de Maciá, a través de la Dirección de Guardia Urbana, desea recordar a la población que existe una Ordenanza Municipal que establece un régimen horario para regular la contaminación sonora.
La Ordenanza Municipal N° 121/2000, en sus artículos 1°, 2° y 3°, dicta que en la ciudad se prohíbe producir, causar, estimular o provocar ruidos molestos cualquiera sea su origen cuando, por razones de la hora y lugar, o por su calidad de grado o intensidad, se perturbe o pueda perturbar la tranquilidad o reposo de la población, o causar perjuicios o molestias de cualquier naturaleza.
Dicha ordenanza rige para ruidos molestos producidos en la vía pública, plazas, parques, salas de espectáculos, centros de reunión y en todos los lugares en los que se desarrollan actividades públicas o privadas, estableciendo un régimen horario para diversas actividades.
La Municipalidad de Maciá pone dicha ordenanza a disposición del ciudadano de forma impresa en mesa de entrada del Palacio Municipal, o bien accediendo al archivo en formato PDF expuesto a continuación.